Para realizar compras con facilidades de pago, el socio deberá presentar ante el comercio una orden de compra expedida por la mutual donde constará el monto autorizado y la cantidad de cuotas de amortización cuyo importe no podrá superar las disponibilidades mensuales.
Las casas de comercio deberán prestar este servicio con la sola presentación de la orden de compra y del carnet del socio de la mutual.