IMPORTANTE:
Para acceder al beneficio, debés contar con al menos 1 año de antigüedad como asociado, estar al día con el pago de la cuota social y de los servicios, y presentar la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
La solicitud debe realizarse dentro de los 30 días hábiles posteriores al nacimiento, salvo que existan causas justificadas para la demora.
Si el nacimiento es múltiple, el subsidio se otorga en forma individual por cada hijo.
El monto del beneficio podrá ser actualizado por el Consejo Directivo de acuerdo a las disponibilidades económicas, ad referéndum de la primera asamblea de asociados.